miércoles, 20 de abril de 2011

Certificación y Derechos de Titulación

MEMORIAS DE UN COMUNERO

(JESUS MARIA DE “MIS” DOLORES)
Prof. J. Natividad Martínez González.

COMPENDIO

VII.- CERTIFICACION DE DERECHOS Y TITULACION
1.- La reforma al artículo 127 constitucional mantiene la propiedad originaria de la nación sobre las tierras y aguas comprendidas en el territorio nacional y la facultad de la misma para imponer a la propiedad, las modalidades que dicte el interés público, y regula las explotaciones y aprovechamiento de los recursos naturales.

2.- Proyecto de reformas al artículo 27 constitucional, 7 de noviembre de 1991.
- Se elevan a rango constitucional las formas de propiedad ejidal y comunal de la tierra.
- Se fortalece la capacidad de decisión de los ejidos y comunidades, garantizando su libertad de asociación.
- Se regula el aprovechamiento de las tierras de uso común de ejidos y comunidades, y se promueve su desarrollo para elevar el nivel de vida de sus pobladores.
- Se fortalecen los derechos de los ejidatarios sobre su parcela, garantizando su libertad y estableciendo los procedimientos para darle el uso o transmitirla a otros ejidatarios.
- Se establecen las condiciones para que el núcleo ejidal pueda otorgar al ejidatario el dominio pleno sobre su parcela cuando el ejidatario lo decida.
- Se culmina el reparto agrario.
- Se permite la participación de las sociedades civiles y mercantiles en el campo.

3.- Nueva ley agraria.- La reforma al artículo 27 constitucional se publicó el 6 de enero de 1992 y se promulgó el 26 de febrero de 1992.

4.- El reglamento de la nueva ley.
Objetivo.- Establece los procedimientos y lineamientos aplicables en la regulación de la tenencia de la tierra ejidal, y la certificación de derechos ejidales y titulación de solares.

5.- Objetivo del PROCEDE. Entrega de certificados parcelarios y/o certificados de derechos sobre tierras de uso común.

6.- Incorporación del PROCEDE en el ejido.- Asamblea del 29 de enero de 1995. Se iniciaron los trabajos este mismo año y después de haberse cubierto la etapa de marcaje de linderos con sus 160 colindantes fue suspendido en septiembre de este mismo año. Por no contar con las 10,000 has. de la dotación inicial y contar con graves problemas de invasiones y privaciones de derechos.


Cita requerida:
Memorias de un Comunero. Jesús María de "mis" Dolores
Autor Profesor J. Natividad Martínez González

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